RESOLUCION D.G.R. 3.647/15 (G.C.B.A.)
Buenos Aires, 30 de diciembre de 2015
Ciudad de Buenos Aires. FERIA FISCAL
Art. 1 – Fíjase el período previsto en el art. 1, inc. a), de la Res. D.G.R. 59/06, entre los días 4 y 15 de enero de 2016, ambas fechas inclusive.
Art. 2 – Quedan excluidos de la presente resolución los plazos vinculados con la configuración de los tipos penales previstos en la Ley nacional 24.769 y sus modificatorias.
Art. 3 – La presente resolución regirá a partir del día 4 de enero de 2016.