RESOLUCION M.J. y D.H. 1.642/14
Buenos Aires, 15 de setiembre de 2014
B.O.: 18/9/14
Vigencia: 18/9/14
Sociedades comerciales. Tasa anual I.G.J. Dec. Adm. J.G.M. 46/01. Vencimientos para el pago de la tasa anual correspondiente al año 2014.
Art. 1 – Fíjase el día 14 de octubre de 2014 como fecha de vencimiento para el pago de la tasa anual establecida por el art. 4 de la Dec. Adm. J.G.M. 46/01.
Art. 2 – Vencida la fecha establecida en el artículo anterior, será de aplicación la multa prevista en el art. 7 de la Dec. Adm. J.G.M. 46/01.
Art. 3 – De forma.