Este plan contempla el pago en 12 a 24 cuotas, y se aplicará para deudas generadas entre el 1 de junio de 2016 y el 31 de mayo de 2017, buscando captar obligaciones fiscales incumplidas de las personas y empresas que se generaron luego de la última moratoria impositiva

En el Puente Fiscal que comienza hoy, los pagos mensuales deberán tener un mínimo de $1.000; mensuales, iguales y consecutivas, y las cuotas pueden ser de 12 o 24. Las deudas a financiar son obligaciones anuales, aportes, retenciones y percepciones y reformulación de planes permanentes vigentes, en 12 cuotas. En tanto deudas por obligaciones mensuales (IVA, Monotributo y contribuciones, etc.), 24 cuotas.

Las deudas que están exentas a ser refinanciadas por el Puente Fiscal son: los planes permanentes vigentes (excepto reformulación): todo otro impuesto y/o concepto excluido en el plan permanente; IVA trimestral e IVA diferido para pymes; impuesto a los combustibles físicos; deuda aduanera y deudas de juego

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