Facturación y registración. Régimen de emisión de comprobantes, registración de operaciones e información. Res. Gral. A.F.I.P. 100/98. Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes. Monotributo. Res. Gral. A.F.I.P. 3.665/14. Utilización de comprobantes en existencia. Norma complementaria.
Los sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) podrán continuar utilizando los comprobantes impresos con anterioridad al día 1 de noviembre de 2014 que tengan en existencia, aún después del vencimiento del plazo establecido en el art. 3 de la Res. Gral. A.F.I.P. 3.665/14.
A esos efectos, deberán ingresar al sitio web de este organismo (http://www.afip.gob.ar), al servicio denominado “Autorización de impresión de comprobantes”, opción “Régimen de información de comprobantes en existencia”, utilizando la respectiva Clave Fiscal habilitada con nivel de seguridad 2, como mínimo, obtenida de acuerdo con lo dispuesto en la Res. Gral. A.F.I.P. 2.239/07, su modificatoria y sus complementarias.
La aplicación informática para dar cumplimiento al ingreso de la información de acuerdo con lo establecido en el párrafo anterior se encontrará disponible únicamente a partir de la entrada en vigencia de la presente hasta el día 31 de marzo de 2015, ambas fechas inclusive.