Se realizará en septiembre y octubre, según se publicó este viernes en el Boletín Oficial. Por el aumento del mínimo no imponible, algunos contribuyentes dejarán de abonar el impuesto y otros pagarán menos.
Por el aumento del 20% del minino no imponible y de las deducciones especiales, las diferencias a favor de los 2.300.000 trabajadores y empleados en relación de dependencia y jubilados se reintegrarán en 2 cuotas iguales en los meses de septiembre y octubre de 2019.
El importe reintegrado deberá ser exteriorizado inequívocamente en los respectivos recibos de haberes, bajo el concepto “Beneficio Decreto 561/19”, según la Resolución General 4546/2019 de la AFIP publicada este viernes en el Boletín Oficial.