PROCEDIMIENTO FISCAL. PLAN DE FACILIDADES DE PAGO PERMANENTE PARA SUJETOS CON MONTO DE VENTAS ANUALES IGUALES O INFERIORES A $ 10.000.000 Y QUE SEAN EMPLEADORES.

Se establece un plan de facilidades de pago permanente por obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social aplicable a los sujetos que sean empleadores y tengan un monto de ventas anuales igual o inferior a $ 10.000.000.

Entre las principales características destacamos:

  • El presente régimen de facilidades no prevé reducciones de intereses ni liberación de sanciones.
  • Podrán acceder a él los contribuyentes que:
  • a) hayan tenido ventas o ingresos brutos anuales consignados en las declaraciones juradas mensuales de IVA de los últimos 12 meses contados desde el mes inmediato anterior al de adhesión por un importe igual o inferior a $ 10.000.000. Cuando no se registren operaciones gravadas en el IVA se tomarán como parámetro los ingresos declarados en el impuesto a las ganancias del último período fiscal vencido al mes inmediato anterior al de adhesión, y

    b) hayan exteriorizado como mínimo dos empleados en la declaración jurada del SIPA del mes inmediato anterior al de adhesión. En el caso de personas físicas únicamente, podrán contabilizar un empleado declarado en el registro especial de personal de casas particulares.

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