RESOLUCION D.G.R. 3.647/15 (G.C.B.A.)
Buenos Aires, 30 de diciembre de 2015

Ciudad de Buenos Aires. FERIA FISCAL

Art. 1 – Fíjase el período previsto en el art. 1, inc. a), de la Res. D.G.R. 59/06, entre los días 4 y 15 de enero de 2016, ambas fechas inclusive.

Art. 2 – Quedan excluidos de la presente resolución los plazos vinculados con la configuración de los tipos penales previstos en la Ley nacional 24.769 y sus modificatorias.

Art. 3 – La presente resolución regirá a partir del día 4 de enero de 2016.

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